reunion de propietarios en un consorcio

Quién es responsable de pagar las expensas extraordinarias en un consorcio

El propietario es responsable de pagar las expensas extraordinarias en un consorcio, cubriendo mejoras o reparaciones imprevistas.


La responsabilidad de pagar las expensas extraordinarias en un consorcio recae, en general, sobre todos los propietarios de las unidades que conforman el mismo. Estas expensas son aquellas que se generan por obras o gastos no previstos en el presupuesto anual del consorcio y que, por lo tanto, no están contempladas en las expensas ordinarias. Sin embargo, la forma en que se distribuyen puede variar según lo establecido en el reglamento de copropiedad y la legislación vigente en cada jurisdicción.

Es importante destacar que, en la mayoría de los casos, las expensas extraordinarias son aprobadas en una asamblea de copropietarios, donde se discuten y votan los gastos necesarios para el mantenimiento o mejora del edificio. Esto significa que los propietarios tienen voz y voto en la decisión de incurrir en estos gastos, lo cual les permite tener mayor control sobre su responsabilidad financiera.

¿Qué son las expensas extraordinarias?

Las expensas extraordinarias incluyen, entre otros conceptos, reparaciones mayores, obras de mantenimiento que no fueron previstas, mejoras en las instalaciones del consorcio y gastos por emergencias. Algunos ejemplos concretos pueden ser:

  • Reparación del techo tras un temporal que lo haya dañado.
  • Instalación de un nuevo sistema de seguridad para el edificio.
  • Renovación de ascensores que ya no cumplen con las normativas de seguridad.

Distribución del pago de expensas extraordinarias

La distribución de las expensas extraordinarias se realiza en función de la unidad de medida que cada consorcio determine, comúnmente se basa en la superficie de cada unidad o el coeficiente de propiedad que les corresponda a cada unidad. Esto implica que los dueños de unidades más grandes o con un mayor coeficiente de copropiedad asumirán un porcentaje mayor de los gastos extraordinarios.

Normativa vigente

En Argentina, la ley que regula el funcionamiento de los consorcios es la Ley de Propiedad Horizontal (Ley 13.512). Esta ley establece pautas generales sobre cómo deben manejarse las expensas, tanto ordinarias como extraordinarias. Por ejemplo, el artículo 10 de esta ley menciona que las expensas deben ser aprobadas en asamblea y que todos los copropietarios están obligados a pagar su parte correspondiente.

Es fundamental que los propietarios se mantengan informados sobre las decisiones que se toman en las asambleas y que revisen detalladamente el reglamento del consorcio para conocer sus derechos y obligaciones en relación al pago de expensas extraordinarias.

Diferencias entre expensas ordinarias y extraordinarias en consorcios

Las expensas son un tema central en la vida de cualquier consorcio. Entender las diferencias entre las expensas ordinarias y extraordinarias es clave para saber quién debe pagar qué. A continuación, se detallan las principales diferencias:

Expensas Ordinarias

Las expensas ordinarias son aquellos gastos que se generan de manera regular y que son necesarios para el mantenimiento y el funcionamiento del edificio o complejo. Algunos ejemplos incluyen:

  • Servicios de limpieza en áreas comunes.
  • Consumo de energía en espacios compartidos.
  • Honorarios del administrador del consorcio.
  • Pagos de seguros para el edificio.

Estas expensas suelen ser previsibles y se establecen en el presupuesto anual del consorcio. Según la Ley de Propiedad Horizontal en Argentina, todos los propietarios están obligados a hacer frente a estas expensas en proporción a su coeficiente de copropiedad.

Expensas Extraordinarias

Por otro lado, las expensas extraordinarias son aquellos gastos que no están contemplados en el presupuesto regular y que surgen de manera imprevista o para mejoras importantes en el edificio. Ejemplos comunes incluyen:

  • Reparaciones estructurales, como arreglos en la fachada o techos.
  • Renovaciones de instalaciones como ascensores o sistemas eléctricos.
  • Proyectos de mejora de áreas comunes, como la instalación de una piscina.

Estas expensas suelen ser discutidas y aprobadas en asambleas de propietarios, y su pago también se realiza de acuerdo con el coeficiente de copropiedad. Sin embargo, es importante mencionar que no todos los propietarios están obligados a pagar expensas extraordinarias si no se aprobó su creación en asamblea.

Resumen de las diferencias

Tipo de expensaCaracterísticasEjemplos
OrdinariasGastos regulares y previsibles.Servicios de limpieza, consumo de energía.
ExtraordinariasGastos imprevistos o para mejoras.Reparaciones estructurales, mejoras en áreas comunes.

Conocer la diferencia entre expensas ordinarias y extraordinarias es fundamental para una buena convivencia en el consorcio y para evitar conflictos entre los propietarios. Al final, este entendimiento ayuda a que todos los miembros del consorcio se mantengan informados y puedan planificar sus finanzas adecuadamente.

Preguntas frecuentes

¿Qué son las expensas extraordinarias?

Las expensas extraordinarias son gastos no planificados que se generan por reparaciones o mejoras en el consorcio, como arreglos en la estructura o cambios en instalaciones.

¿Quién debe pagar las expensas extraordinarias?

Generalmente, todos los propietarios del edificio deben abonar estas expensas en proporción a su porcentaje de propiedad, salvo acuerdo en contrario.

¿Se pueden impugnar las expensas extraordinarias?

Sí, los propietarios pueden impugnar los gastos si consideran que no fueron aprobados correctamente o que no son necesarios.

¿Cómo se decide el monto de las expensas extraordinarias?

El monto se decide en una reunión de consorcio donde se vota la necesidad y el presupuesto de los gastos extraordinarios.

¿Qué pasa si un propietario no paga las expensas extraordinarias?

Si un propietario no paga, el consorcio puede iniciar acciones legales para recuperar la deuda, incluyendo el embargo de la propiedad.

¿Las expensas extraordinarias se pueden incluir en el crédito hipotecario?

No, las expensas extraordinarias no se incluyen en el crédito hipotecario, ya que son gastos de mantenimiento del consorcio.

Punto ClaveDescripción
DefiniciónGastos imprevistos por reparaciones o mejoras.
ResponsabilidadTodos los propietarios deben pagar según su proporción.
AprobaciónDecidido en reunión de consorcio con votación.
ImpunidadPropietarios pueden impugnar gastos no autorizados.
Consecuencias de no pagoPosibles acciones legales y embargo de propiedad.
FinanciamientoNo se incluyen en créditos hipotecarios.

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